AVISO IMPORTANTE
En la Ordenanza sobre tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial del municipio de Bormujos, Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 168 de Jueves 21 de julio de 2016 Artículo 25.3 , se cita:
Art. 25.3 El estacionamiento en la vía o espacios públicos de autobuses, camiones, auto-caravanas, caravanas, carriolas, remolques, remolques ligeros y semirremolques enganchados o no a vehículos a motor, sólo podrá realizarse en las zonas habilitas expresamente para ellos por la autoridad municipal. Fuera de dichas zonas o, en defecto de las mismas, queda prohibido el estacionamiento de dichos vehículos en todos los espacios y vías públicas del término municipal.
El incumplimiento de esta normativa puede implicar la sanción por parte de la autoridad local.